Rige el impuesto a la transmisión gratuita de bienes

28 01 2011

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) reglamentó hoy el tributo que grava, en territorio bonaerense, el enriquecimiento que los ciudadanos alcancen en virtud de toda transmisión de bienes a título gratuito, que se obtenga a través de herencias, legados y donaciones, entre otros mecanismos.

Según precisó el organismo en un comunicado, los beneficiarios de la herencia deberán tramitar una declaración jurada por internet, desde www.arba.gov.ar.

El director del organismo, Martín Di Bella, aseguró que se trata de un impuesto “de clara raíz progresiva, que se rige por criterios de equidad” y precisó que los recursos que genere el tributo serán destinados a la educación provincial y a los municipios.

De acuerdo a lo establecido por la Legislatura provincial, a instancias del proyecto impulsado por el equipo económico que conduce el ministro Alejandro Arlía, el piso a partir del cual los beneficiarios de la herencia comenzarán a pagar el tributo fue fijado en $200 mil por heredero, cuando se trate de personas con vínculo directo, como padres, hijos y cónyuge.

En cambio, ese piso será de $50 mil, tomando en cuenta el monto total del enriquecimiento patrimonial que le corresponde a cada heredero, cuando involucre a personas con un parentesco más lejano.

De acuerdo a lo que prevé la distribución del Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes, un 80% de los recursos que genere tendrá como destino el Fondo Provincial de Educación; un 10% se destinará al Fondo para el Fortalecimiento de Recursos Municipales; mientras que el 10% restante irá al Fondo Municipal de Inclusión Social.

La Provincia, entre otras exenciones, decidió liberar del pago del tributo a la transmisión gratuita de bienes a quienes hereden una propiedad valuada en hasta $100 mil que sea destinada a residencia única familiar.

En contrapartida, se resolvió gravar con énfasis a las grandes herencias, con alícuotas que crecen a medida que se incrementa el patrimonio heredado y, del mismo modo, que aumentan cuanto más se aleja el grado de parentesco del heredero”.

Fuente Cronista Comercial 28/01/2001


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